El 23 de julio de 2018 el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante el decreto 1273 del 23 de octubre de 2018, introdujo modificaciones a los decretos 1072 de 2015 (Decreto único reglamentario del sector trabajo) y 780 de 2016, (Decreto único reglamentario del sector salud y protección social) el cual establece que los contratantes son responsables de hacer las retenciones y pago del sistema de seguridad social de los trabajadores independientes.
Por lo anterior, los contratistas deben realizar sus aportes al Sistema General de Seguridad Social, mes vencido y no anticipado como anteriormente lo establecía la norma, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) que requiere, a su vez, determinar el monto de los ingresos, la suma de los aportes a cada concepto (salud, pensión, ARL, caja compensación familiar y UPC) y el ingreso base de cotización.
El contratista está obligado mediante este decreto a reportar al contratante si es pensionado, o si recibe ingresos por otros conceptos y el IPC de cada uno, si sus ingresos superan al mes los cuatro salarios mínimos legales vigentes, si pertenece al régimen especial, entre otras obligaciones.
Este decreto empezó a regir a partir de la fecha de su publicación; sin embargo, se establecen los siguientes plazos obligatorios para acatar la norma:
- A partir del 1 de octubre de 2018, se podrá empezar con el pago de las cotizaciones por parte de los contratistas
- A partir del 1 de junio de 2019, deberá el contratante realizar la retención y pago de los aportes, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en la modalidad electrónica.
Por lo cual, Novasoft ha ampliado su Plataforma para la Administración de Personas Enterprise web incorporando la aplicación Gestión de Contratistas, para ofrecer una solución integral a las compañías en Colombia, sin importar su naturaleza ni tamaño, que les permitirá administrar los procesos de manera eficiente y dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del decreto 1273: facilitar a los contratistas el reporte de novedades, el cálculo de la seguridad social e impuestos, con la correspondiente integración con el sistema contable.