El pasado 28 de febrero, la DIAN emitió la resolución No. 000028, un documento de carácter normativo mediante el cual modificó el plazo máximo para la implementación de la nómina electrónica del grupo 4.
Con el fin de apoyar a los empresarios y contribuir a su reactivación económica, La DIAN estableció un plazo especial para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica del grupo 4, es decir para aquellas empresas que tienen entre 1 y 10 empleados.
En ese orden de ideas y de acuerdo con la resolución de la DIAN No. 000028, al grupo 4 le corresponde realizar el trámite de la siguiente manera:
- La nómina electrónica correspondiente a los meses de diciembre de 2021, enero de 2022 y febrero de 2022, se deberá generar máximo dentro de los 10 primeros días del mes de mayo de 2022.
- La nómina electrónica correspondiente a los meses de marzo de 2022, abril de 2022 y mayo de 2022, máximo dentro de los primeros días hábiles del mes de junio de 2022.
Es importante tener en cuenta que esta medida no aplica para empleadores que hayan realizado, de forma anticipada, el soporte de pago de nómina electrónica.
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