La DIAN reglamentó la validación previa para facturación Electrónica

En Colombia la DIAN estableció los requisitos para la Facturación Electrónica con validación previa, según la resolución 000030 de 2019, que indica los requisitos, términos y mecanismos técnicos para su implementación.


Es importante destacar que los obligados a facturar electrónicamente y los que lo hacían de forma voluntaria desde el año 2015 han venido expidiendo facturas electrónicas de venta con validación posterior regidas por el decreto 2242 de noviembre de 2015 y la resolución 000019 de enero de 2016.


Por lo anterior y según los cambios realizados a las leyes 1819 de 2016 y 1943 de 2018 en el que introdujeron al artículo 616-1 del Estatuto Tributario, que resalta que todos los obligados a facturar electrónicamente deben cambiarse al modelo de facturación electrónica con validación previa la cual primero debe ser validada por la DIAN antes de su expedición a los respectivos clientes. Inicialmente fue necesario que primero la administración tributaria definiera la forma en que operaría ese tipo de validación previa.


Por este motivo la DIAN expidió la resolución 000001 el 3 de enero de 2019, en el que indica las características básicas que tendría la factura electrónica de venta con validación previa. Posteriormente, también se expidió la Resolución 000020 en marzo 26 de 2019, señalando a nuevos contribuyentes que quedarían obligados a expedir ese tipo de facturación.


Finalmente, la DIAN expidió la Resolución 000030 el 29 de abril 2019 en la cual La normativa establece los requisitos que deberán cumplir cada una de las facturas electrónicas de venta con validación previa, ya que deben cumplir los mismos requisitos de la factura de venta en papel (artículo 617 del Estatuto Tributario), también deberán incluir la forma de pago ya sea de contado o a crédito, el medio de pago, la fecha y hora de la validación la cual debe ser asignada por la Dian, además la firma digital del facturador electrónico y el código único de factura electrónica (Cufe).


Según la resolución 000030 en su articulo 13, todos los obligados a facturar electrónicamente tendrán 2 meses de adicionales de prórroga para salir en vivo, es decir que los contribuyentes que deben migrar al nuevo modelo de validación previa tienen hasta el 2 de noviembre del presente año, esto incluye a los actuales facturadores electrónicos y grandes contribuyentes.


Para que el proceso de validación previa sea exitoso la Dian es la encargada validar las facturas realizando 250 validaciones en línea a todas las facturas electrónicas que reciba. para posteriormente enviar un mensaje de validación al facturador electrónico o proveedor tecnológico y este finalmente será el encargado enviar el documento al cliente.


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