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Fecha límite para cumplir norma de contratistas

El 23 de julio de 2018, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 1273, el cual modificó los decretos 1072 de 2015 (sector trabajo) y 780 de 2016 (sector salud y protección social). A partir de esta norma, los contratantes son responsables de hacer la retención y el pago al Sistema de Seguridad Social de los trabajadores independientes.

Cambios clave en el proceso de aportes

A partir del decreto, los contratistas deben realizar sus aportes mes vencido, y no de manera anticipada como ocurría anteriormente. Para ello, deben utilizar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en modalidad electrónica.

Este proceso requiere determinar:

  • El monto de los ingresos mensuales.
  • El valor de los aportes a salud, pensión, ARL, caja de compensación y UPC.
  • El ingreso base de cotización (IBC).

Obligaciones para el contratista

Además, el contratista debe reportar información específica a su contratante, como:

  • Si es pensionado o no.
  • Si percibe ingresos por otros conceptos.
  • El ingreso base mensual si supera los cuatro salarios mínimos legales vigentes.
  • Si pertenece a algún régimen especial.

Por lo tanto, este reporte es clave para calcular adecuadamente los aportes y evitar sanciones por errores u omisiones.

Plazos obligatorios según el decreto 1273

Aunque el decreto empezó a regir desde su publicación, estableció dos fechas importantes para su aplicación:

  • Desde el 1 de octubre de 2018: los contratistas pueden realizar sus pagos directamente.
  • Desde el 1 de junio de 2019: los contratantes deben realizar la retención y el pago de los aportes mediante la PILA electrónica.

En consecuencia, a partir de esa fecha, las empresas deben contar con mecanismos adecuados para cumplir esta responsabilidad.

Novasoft siempre a la vanguardia de los cambios normativos

Con el fin de apoyar a las empresas en este proceso, Novasoft amplió su Plataforma Enterprise Web incorporando la aplicación Gestión de Contratistas.

Esta solución permite:

  • Administrar los procesos relacionados con contratistas de forma eficiente.
  • Automatizar el cálculo de aportes a seguridad social e impuestos.
  • Integrar los datos con el sistema contable de la empresa.
  • Facilitar el reporte de novedades por parte de los contratistas.

Así, las compañías en Colombia —sin importar su tamaño o sector— pueden dar cumplimiento al decreto 1273 y optimizar su gestión de personal tercerizado.

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