Prima legal de servicios: todo lo que debe saber

Se aproxima el pago de la prima y con ello surgen múltiples dudas desde el punto de vista jurídico; por ello en este artículo abordaremos los aspectos clave que deberá tener en cuenta.

¿En qué consiste la prima legal de servicios? 

La prima legal de servicios corresponde a una prestación social que consiste en el pago de 30 días de salario por cada año de trabajo o proporcional al tiempo laborado cuando es inferior a un año.  

Al respecto, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo señala que “El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.  

Por otro lado, es importante destacar que la prima de servicios no se incluye para el pago de ningún concepto de nómina, pues en sí misma corresponde a una prestación social 

¿Cómo se calcula el salario base para el pago de la prima legal de servicios? 

Para calcular el valor del salario base, se promedian de los pagos que ha recibido el trabajador durante los 6 meses que son objeto de liquidación.   

Además, se deben incluir todos los conceptos salariales, como horas extras, recargos nocturnos, recargos dominicales, festivos y el auxilio de transporte. 

Cada mes se determinan todos esos valores y se promedian según el número de meses. Por ejemplo: 

El valor promediado es el que se utiliza como base para determinar la prima de servicios que corresponde el periodo liquidado. 

¿En qué fechas se debe pagar la prima de servicios? 

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, la prima legal de servicios se debe liquidar en dos partes; la mitad en el primer semestre y la otra mitad en el segundo semestre, en las siguientes fechas: 

  • El 30 de junio 
  • El 20 de diciembre 

El plazo máximo para pagar la primera parte de la prima de servicios vence el 30 de junio, pudiendo el empleador pagarla antes. 

El plazo para pagar la segunda parte de la prima de servicios es hasta el 20 de diciembre. La ley afirma que el plazo es los primeros 20 días del mes de diciembre, por lo que se puede pagar en cualquier día siempre que no se pase del 20 de diciembre. 

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Si desea conocer más acerca de la  prima legal de servicios, lo invitamos a leer: Incidentes críticos en la liquidación de la prima legal de servicios

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