Desde el contexto laboral es necesario que las compañías estén al tanto del cuidado de los trabajadores, implementando modelos de prevención de riesgos, para fomentar el autocuidado.
De acuerdo a la resolución 0312 en su Artículo 32 menciona el Plan Estratégico de Seguridad Vial indicando: “Todo empleador y contratante que se encuentre obligado a implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), deberá articularlo con el Sistema de Gestión de SST.” Es necesario establecer planes de mejoramiento continuo, involucrando a los colaboradores a ser partícipes desde los espacios de conductores, pasajeros y peatones, generando guías de respeto por la vida.
Según lo establecido por la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, “La finalidad del PESV, es definir los objetivos y las acciones o intervenciones concretas que se deben llevar a cabo para alcanzar los propósitos en materia de prevención de los accidentes de tránsito, facilitando la gestión de la organización al definir las áreas involucradas, los responsables y los mecanismos de evaluación y seguimiento en función del cumplimiento de las actuaciones definidas “ . De acuerdo a lo anterior dentro de las compañías se deben establecer políticas, presupuestos, programas de mantenimiento de vehículos entre otros, que se consideren necesarios para la planeación y ejecución del plan estratégico, por esta razón es necesario la creación de un comité definido por la alta dirección que permitirá establecer mecanismos de seguimiento.
La Ley 1503 de 2011 que hace relación a los aspectos necesarios para la puesta en marcha del PESV, con el cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía establecidas en el Decreto 2851 de 2013 que aborda y responde temas como la educación vial, es un escenario importante en el proceso de cooperación para la planeación y ejecución de las fases del plan.
En el artículo 10 del Decreto 2851 de 2013, establece que “estarán obligados a implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial todas aquellas empresas, entidades u organizaciones bien sea del sector público o privado, que con el propósito de cumplir sus fines misionales o su actividad posean, fabriquen, ensamblen, comercialicen, contraten, o administren flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades” Así mismo, establece que estarán obligados a implementar este plan aquellas empresas que contraten y/o que en su actividad o fin misional administren personal de conductores.
Es necesario generar una política que sea adecuada al propósito de la organización, estableciendo objetivos y metas, cumpliendo con el compromiso de mejora continua en la prevención de riesgos de tránsito. Aspectos que van de la mano con la caracterización de accidentalidad, estadísticas y costos de pérdidas, planes de mantenimiento preventivo para vehículos nuevos o usados, procedimientos de viaje de la compañía y atención de emergencias de tránsito entre otros.
Por lo anterior, Novasoft ha ampliado su plataforma de gestión de personas, ofreciendo una solución integral a las compañías en Colombia, sin importar su naturaleza ni tamaño, que les permitirá administrar los procesos de manera eficiente dando cumplimiento a los requisitos del comité de seguridad vial, optimizando tiempos, reduciendo costos y generando mayor seguridad en la información almacenada de sus empleados y el cumplimiento del SG-SST.