Mintrabajo amplió el plazo para el registro anual de la autoevaluación del SG-SST

Mintrabajo amplió el plazo para el registro anual de la autoevaluación del SG-SST

El pasado jueves 23 de febrero, el Ministerio del Trabajo expidió la circular No. 0021, mediante la cual se amplía el plazo para el registro anual de Autoevaluaciones de Estándares Mínimos y Planes de Mejoramiento del SG-SST

De acuerdo con el documento, se amplía el plazo para realizar el reporte anual de la Autoevaluación desde el 01 al 24 de marzo de 2023.

En ese orden de ideas, en este blog vamos a hacer una revisión conceptual alrededor de los elementos que las empresas deben tener en cuenta para realizar el proceso de Autoevaluaciones de Estándares Mínimos, los Planes de Mejoramiento del SG-SST y la presentación de los resultados ante el Ministerio del Trabajo.

Autoevaluación de Estándares Mínimos al SG-SST:

La Autoevaluación de Estándares Mínimos al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST no solo constituye el cumplimiento de la normatividad vigente sino también un mecanismo que permite propender por la salud, la seguridad y el bienestar de los colaboradores.

De acuerdo con el Consejo Colombiano de Seguridad, La autoevaluación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo permite:

  • Identificar prioridades y necesidades en SST
  • Definir las rutas de acción para fortalecer los controles a los riesgos
  • Establecer el Plan de Mejoramiento y de trabajo anual

Estándares Mínimos definidos para la Autoevaluación al SG-SST:

A través de la resolución No. 0312 de 2019, el Ministerio del Trabajo definió cuáles son los estándares mínimos para realizar la autoevaluación SG-SST.

Algunos de los Estándares Mínimos son:

  • Asignación de personas que diseña el Sistema de Gestión de SST
  • Afiliación al Sistema de de Seguridad Social Integral
  • Capacitación en SST
  • Evaluaciones médicas ocupacionales
  • Plan anual de trabajo
  • Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos
  • Medidas de prevención y control frente a riesgos identificados

Cada empresa debe cumplir con los estándares establecidos que le corresponda, teniendo en cuenta aspectos como el tamaño y el nivel de riesgo (ver capítulo I y II de la resolución No. 0312 de 2019).

Fases de adecuación, transición y aplicación para la implementación del SG-SST:

Teniendo en cuenta las disposiciones de la resolución No. 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo, las fases de adecuación, transición y aplicación para la implementación del SG-SST con estándares mínimos: (ver artículo 25 de la resolución No. 0312 de 2019).

  1. Evaluación: es la autoevaluación realizada por la empresa con el fin de identificar las prioridades y necesidades en SST para establecer el Plan Anual de Trabajo.
  2. Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial: Es el conjunto de elementos de control que consolida las acciones de mejoramiento necesarias para corregir las debilidades encontradas en la autoevaluación.
  3. Ejecución: Es la puesta en marcha del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud el Trabajo SG-SST, en coherencia con la Autoevaluación de Estándares Mínimos y Plan de Mejoramiento.
  4. Seguimiento y plan de mejora: Es la etapa de vigilancia preventiva de la ejecución, desarrollo e implementación del SG-SST.
  5. Inspección, vigilancia y control: Corresponde a la verificación del cumplimiento de la normatividad vigente sobre el SG-SST.

Resultados de la autoevaluación y acciones de mejora al SG-SST: 

Porcentaje inferior al 60%: valoración crítica

  • Realizar y tener a disposición del Ministerio del Trabajo un plan de mejoramiento inmediato
  • Enviar a la respectiva Administradora de Riesgos Laborales ARL a la que se encuentre afiliado el empleador o contratante, un reporte de los avances en un término máximo de 3 meses contados a partir de la fecha en la cual se generó la Autoevaluación de Estándares Mínimos
  • Seguimiento anual y plan de visita por parte del Ministerio del Trabajo a la empresa con valoración crítica.

Porcentaje entre el 60% y el 85%: valoración moderadamente aceptable

  • Realizar y tener a disposición del Ministerio del Trabajo un plan de mejoramiento.
  • Enviar a la respectiva Administradora de Riesgos Laborales ARL a la que se encuentre afiliado el empleador o contratante, un reporte de los avances en un término máximo de 6 meses contados a partir de la fecha en la cual se generó la Autoevaluación de Estándares Mínimos.
  • Plan de visita por parte del Ministerio del Trabajo.

Porcentaje superior al 85%: valoración aceptable.

  • Mantener la calificación y evidencias a disposición del Ministerio del Trabajo e incluir en el Plan Anual de Trabajo las mejoras que se establezcan de acuerdo con la Autoevaluación.

Plan de Mejoramiento del SG-SST:

De acuerdo con la resolución No. 0312 de 2019, el plan de mejoramiento debe contener:

  • Las tareas concretas que se deben desarrollar
  • Las personas responsables de cada tarea
  • El cronograma para dar cumplimiento a cada tarea
  • Los recursos destinados para llevar a cabo las actividades
  • Fundamentos y soportes de la efectividad de las tareas, acciones y actividades tendientes a subsanar las falencias identificadas y prevenir riesgos, hechos y situaciones que puedan afectar el bienestar y la salud de los trabajadores.

Presentación de la Autoevaluación ante el Ministerio del Trabajo:

“Conforme con los lineamientos estipulados en la circular 082 de 2022, se mantiene la IP de acceso al sistema de información de riesgos laborales https// sgrl.mintrabajo.gov.co/autenticacion/autenticacion

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